1. ¿Qué es la Formación Bonificada?
La formación ayuda a las empresas a incrementar su competitividad y productividad, desarrollando las competencias y cualificaciones de sus trabajadores. Para ello, disponen de una ayuda económica que se hace efectiva mediante bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
Todas las empresas disponen de un crédito para financiar la formación de sus trabajadores, cuyo importe se obtiene al aplicar, a la cuantía ingresada por cada empresa en concepto de cuota de formación profesional (FP), un porcentaje que anualmente se establece desde la administración.
La empresa puede decidir qué formación necesita, cómo y cuándo la realiza. Respecto a cómo realizar los trámites para su bonificación, puede organizarla bien por sí misma, o bien agrupándose con otras empresas, delegando todos los trámites en una entidad organizadora, en este caso a CENTRO DE NEGOCIOS ASERGALICIA.
La normativa que regula la formación bonificada es:
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
- Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
2. ¿A quién va dirigida?
La formación bonificada está dirigida a trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas, independientemente del tamaño o sector de estas, y a los trabajadores contratados por autónomos.
De esta bonificación quedan excluidos:
- Funcionarios y trabajadores en empresas o entidades públicas incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas.
Para beneficiarse de la formación bonificada la empresa tiene que estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
3. ¿Cuál es su finalidad?
Gestión integral de la formación: "Una gestión de la formación totalmente escalable y adaptada a su organización"
El crédito varía en función del número de trabajadores (las empresas entre 1 y 9) tienen un crédito fijo de 420 € y las demás en función de la cuantía ingresada por la empresa en concepto de cuota de Formación Profesional y de su plantilla media.
Este crédito se consume realizando cursos de Formación Continua y cuyo coste es bonificable íntegramente mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social.
En las empresas de 10 o mas trabajadores es necesaria la aportación privada o cofinanciación que no supone una aportación económica por parte del empresario, sino que consiste en el cálculo de los costes salariales del tiempo que el trabajador dedica a la formación dentro de su jornada laboral.
Las empresas podrán aplicarse las bonificaciones, por formación contínua, a partir del boletín de cotización correspondiente al mes en el que haya finalizado el curso. Y, en todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del mismo ejercicio económico.
IMPORTANTE:
- Comunicamos siempre a cada cliente el mes en el que habrá de practicar dicha bonificación.
- Si la empresa tiene representante legal de los trabajadores, este debe cumplimentar el informe correspondiente elaborado al efecto.
RECUERDE, las empresas deben:
- Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de la contabilidad el gasto del curso así como su bonificación.
- Tener abonada la factura con anterioridad a la bonificación en los seguros sociales.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y a la seguridad social.
Tanto si eres un trabajador en activo como si te encuentras en situación de desempleo, la formación continua es una necesidad que ningún profesional debería pasar por alto. El reciclaje profesional es imprescindible para desempeñar cualquier empleo con eficacia y eficiencia, así como para mejorar la empleabilidad de aquellas personas que quieren acceder al mercado laboral.
Así, la formación continua (Formación Profesional para el Empleo – FPE) se define como el conjunto de acciones formativas (cursos) que se desarrollan para mejorar las competencias y cualificaciones de los trabajadores, y que permiten compatibilizar la mayor competitividad de las empresas con la formación individual del empleado.
Se trata de una formación subvencionada a través de la cuota de la formación profesional de los trabajadores, los fondos del estado y el fondo social europeo. El RD 395/2007 integra un modelo de formación profesional para el empleo e introduce mejoras que intentan adaptar la formación dirigida a los trabajadores ocupados y desempleados a la nueva realidad económica y social. Los principales objetivos de esta formación son:
- Mejorar las competencias profesionales e itinerarios de empleo y formación de los trabajadores.
- Mejorar la empleabilidad de trabajadores con mayores dificultades.
- Acreditar las competencias adquiridas por formación o experiencia
- Promover la disminución de la brecha digital existente garantizando el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación.
Existen diferentes modalidades de formación profesional para el empleo:
- Formación de demanda, bonificada o programada por las empresas para sus trabajadores: es la formación programada por las empresas para sus trabajadores, es decir, aquellas acciones formativas dirigidas a dar respuesta a las distintas necesidades individuales del trabajador, de las empresas y del sistema productivo. Se financia mediante las bonificaciones o deducciones en los seguros sociales.
- Formación de oferta para ocupados: es la formación ofrecida por las administraciones para trabajadores en activo, formada por los programas de formación sectoriales (para un sector económico concreto) y los programas transversales (cursos aplicables a todos los sectores económicos), así como los programas de cualificación y reconocimiento profesional. Se financia mediante subvenciones.
- Formación de oferta para desempleados: es la formación ofrecida por las administraciones para personas en situación de desempleo. Incluye la formación dirigida a cubrir las necesidades detectadas por los servicios públicos de empleo, los programas específicos de formación y los programas formativos con compromiso de contratación. Se financia mediante subvenciones.
- Otras iniciativas de formación profesional para el empleo: como son los permisos individuales de formación (PIF), formación en alternancia con el empleo, formación de los empleados públicos, formación privada para la obtención de certificados de profesionalidad, formación de las personas en situación de privación de libertad, formación de los militares de tropa y marinería, etc.
Nuestra empresa es consciente del importante papel que desempeña el reciclaje profesional permanente y especializado ofrecemos: cursos de formación bonificada (CENTRO DE NEGOCIOS ASERGALICIA S.L está registrada y autorizada por la Fundación Tripartita para la gestión de las bonificaciones aplicables a la formación que realizan las empresas que tienen trabajadores/as por cuenta ajena); todo tipo de formación para adultos (clases de informática, administración, prevención de riesgos laborales, gestión tributaria, ofimática, idiomas…para que aprendas a tu ritmo y con atención personalizada); y formación ocupacional (somos centro acreditado por la Consellería de Traballo e Benestar, con número de centro 36H03261, para la impartición de Certificados profesionales y Centro Colaborador de Formación Profesional Ocupacional).
Sea cual sea tu necesidad formativa, sin duda tenemos un curso para ti. Pídenos información en el 986 64 42 92 o formacion@asergalicia.com o pásate a conocernos por calle Curros Enriquez, 8 Salvaterra de Miño.