CO400B – Ayudas, en r茅ximen de concurrencia no competitiva, a las asociaciones de personas consumidores de la Comunidad Aut贸noma de Galicia para actividades de sensibilizaci贸n, formaci贸n y divulgaci贸n en materia de suministro el茅ctrico y comercio electr贸nico seguro.

Plazo de presentaci贸n:聽ABIERTO

30/09/2022 – 31/10/2022

1. El plazo para la presentaci贸n de las solicitudes es de un mes, que comenzar谩 a contar desde el d铆a siguiente al de la publicaci贸n de esta resoluci贸n en el Diario Oficial de Galicia.

2. No obstante, en el supuesto de que, antes de finalizar el plazo de presentaci贸n de solicitudes, se agotara el cr茅dito establecido en la convocatoria, el 贸rgano concedente acordar谩 la inadmisi贸n de solicitudes y publicar谩 tal circunstancia en el Diario Oficial de Galicia y en la p谩gina web del Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia.

Documentaci贸n para la presentaci贸n

Solicitudes.

Las solicitudes se presentar谩n obligatoriamente por medios electr贸nicos a trav茅s del formulario normalizado disponible (anexo II) en la sede electr贸nica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

De conformidad con el art铆culo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com煤n de las administraciones p煤blicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerir谩 para que la enmiende a trav茅s de su presentaci贸n electr贸nica. A estos efectos, se considerar谩 como fecha de presentaci贸n de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.

Para la presentaci贸n de las solicitudes podr谩 emplearse cualquiera de los mecanismos de identificaci贸n y firma admitidos por la sede electr贸nica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentaci贸n complementaria.

1.聽Las solicitudes ir谩n acompa帽adas de la siguiente documentaci贸n:

a) Certificaci贸n del listado de actividades que se pretenden llevar a cabo objeto de subvenci贸n (anexo III). Una vez presentado este anexo III en el momento de la solicitud, posteriormente solo se permitir谩 su modificaci贸n una 煤nica vez y siempre que los cambios afecten 煤nicamente o a la fecha o a la localidad de celebraci贸n. Dicha modificaci贸n deber谩 ser comunicada al IGCC con una antelaci贸n m铆nima de 15 d铆as antes de la celebraci贸n de la primera actividad, presentando un nuevo anexo III.

b) Poder suficiente de la persona representante y firmante de la solicitud para actuar en nombre de la entidad solicitante, en su caso.

De conformidad con el art铆culo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com煤n de las administraciones p煤blicas, no ser谩 necesario adjuntar los documentos que ya hab铆an sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administraci贸n. En este caso, la persona interesada deber谩 indicar en qu茅 momento y ante qu茅 贸rgano administrativo present贸 dichos documentos, que ser谩n recabados electr贸nicamente a trav茅s de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediaci贸n de datos u otros sistemas electr贸nicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposici贸n expresa de la persona interesada. De forma excepcional, si no pudieran obtener los citados documentos, podr谩 solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportaci贸n.

2. La documentaci贸n complementaria deber谩 presentarse electr贸nicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentaci贸n complementaria presencialmente, se le requerir谩 para que la emende a trav茅s de su presentaci贸n electr贸nica. A estos efectos, se considerar谩 como fecha de presentaci贸n aquella en la que fuera realizada la enmienda.

Las personas interesadas se responsabilizar谩n de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administraci贸n podr谩 solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podr谩n requerir la exhibici贸n del documento o de la informaci贸n original.

3. Siempre que se realice la presentaci贸n de documentos separadamente de la solicitud, se deber谩 indicar el c贸digo y el 贸rgano responsable del procedimiento, el n煤mero de registro de entrada de la solicitud y el n煤mero de expediente si se dispone de 茅l.

4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electr贸nica superase los tama帽os m谩ximos establecidos o tuviese un formato no admitido por la sede electr贸nica de la Xunta de Galicia, se permitir谩 la presentaci贸n de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en los p谩rrafos anteriores. La informaci贸n actualizada sobre el tama帽o m谩ximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electr贸nica de la Xunta de Galicia.

Tr谩mites administrativos posteriores a la presentaci贸n de las solicitudes.

Todos los tr谩mites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentaci贸n de la solicitud deber谩n ser efectuados electr贸nicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electr贸nica de la Xunta de Galicia.

Comprobaci贸n de datos.

1. Para la tramitaci贸n de este procedimiento se consultar谩n autom谩ticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administraci贸n actuante o elaborados por las administraciones p煤blicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) NIF de la entidad solicitante.

b) DNI/NIE de la persona representante.

c) Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la AEAT para la solicitud de ayudas y subvenciones.

d) Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.

e) Certificado de estar al corriente del pago con la Xunta de Galicia para percibir ayudas o subvenciones de las administraciones p煤blicas.

f) Concesi贸n de subvenciones y ayudas.

g) Inhabilitaci贸n para obtener subvenciones y ayudas.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deber谩n indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente de inicio (anexo II) y presentar dichos documentos.

Cuando as铆 lo exija la normativa aplicable se solicitar谩 el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtenci贸n de los citados datos, se podr谩 solicitar a las personas interesadas la presentaci贸n de los documentos correspondientes.

Fuente: Xunta de Galicia

Men煤